Sumario |
La Sala Penal Permanente declara infundado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de vista que condenó al encausado como autor del delito contra la libertad sexual - violación sexual de menor de edad y por el delito contra la libertad sexual - violación sexual de menor de edad en grado de tentativa. Los motivos del recurso de casación se centran en la vulneración de la presunción de inocencia, debido proceso y derecho de defensa; sin embargo, la Sala desestima la pretensión y realiza un desarrollo referente al bien jurídico protegido en los delitos contra la libertad sexual además de establecer los alcances penales sobre el “acceso carnal por vía bucal”. Así, equipara la gravedad de la conducta de forzar a una persona, o menor de edad, a mantener relaciones sexuales por vía vaginal o anal, con la conducta de obligar a practicar el sexo oral, puesto que en ambas situaciones se vulnera la libertad sexual y la facultad de autodeterminarse, o de su indemnidad sexual, sin que necesariamente exista daño físico. En tal sentido, la Sala considera que el bien jurídico debe ser entendido en un sentido dual: como un derecho a la libre autodeterminación sexual en los mayores de edad y un derecho a la indemnidad e intangibilidad en los menores e incapaces.
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