Suscripción boletín
Administrador
 
   
 
 
 
 
 
 
 
 
   
 
 
   
 
     
 

   
País Colombia
   
Escala
   
Corte Corte Constitucional
   
Fecha 14/05/2009
   
Caso Sentencia T-335 de 2009. M.P: Juan Carlos Henao Pérez
   
Temas Trabajo Productivo y Reproductivo
   
  Salud
   
Descriptores licencia de maternidad, maternidad.
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en el empleo
   
  a la salud
   
Sumario
Mujer embarazada, solicita el pago de la licencia de maternidad, la cual es negada, con el argumento de que varios periodos fueron cancelados extemporáneamente. La mujer es madre de escasos recursos, que trabaja como madre comunitaria. La Sala estudia si se vulneraron los derechos fundamentales de la mujer, al mínimo vital, salud y seguridad social. Para determinar esto, se reitera jurisprudencia sobre el pago de la licencia de maternidad, donde la Corte ha considerado que las EPS deberán reconocer y pagar las licencias, que a ella le sean reclamadas si obró de manera negligente para su efectivo pago, o si incumplió el deber de adelantar de manera oportuna las acciones legales de cobro. En el caso la EPS se allanó a la mora del empleador, es decir, a la mora de la asociación de madres comunitarias, por lo que es la EPS-ISS quien tiene la responsabilidad de pagar la licencia, por el principio de la continuidad en la prestación del servicio de salud y el doble carácter del derecho a la salud, como derecho fundamental y como servicio público de carácter esencial, lo que no da lugar a la evasión de responsabilidades por parte de las EPS. Se decide revocar el fallo de segunda instancia, y tutelar los derechos vulnerados a la demandante, para lo que se ordena el pago de la licencia en el término de 48 horas.
   
Análisis Importante reiteración de la protección laboral reforzada que tiene la mujer en razón de la maternidad.
   
Patrocinante Sin Información
   
Sentencia Ampliar

  Volver   
 
     
 
Administración Web - PACKGLOBAL