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País Colombia
   
Escala
   
Corte Corte Constitucional
   
Fecha 10/05/2006
   
Caso Sentencia C-355/06. M.P: Jaime Araújo Rentería y Clara Inés Vargas Hernandez.
   
Temas Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos
   
Descriptores Aborto, salud sexual y reproductiva, mortalidad materna, malformación
   
Derechos CEDAW a la salud
   
Sumario
La Corte al estudiar la constitucionalidad de la penalización del aborto, hace un estudio a fondo sobre la ponderación del deber de protección de la vida en gestación y los derechos fundamentales de la mujer embarazada, analizando, el derecho a la vida como bien jurídico y como derecho, los derechos fundamentales de las mujeres, a saber salud sexual y reproductiva, libre desarrollo de su personalidad, dignidad humana, salud, integridad personal, entre otros aspectos. Del anterior estudio la Corte concluye que la prohibición total del aborto resulta inconstitucional y que por lo tanto, el artículo del Código Penal que penaliza este acto, es exequible a condición de que se excluyan de su ámbito las siguientes situaciones: 1) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico. 2) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico. 3) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas , o de incesto. Deja claro, que el legislador puede determinar que tampoco se incurre en delito de aborto en otros casos adicionales, de conformidad con su potestad de configuración legislativa. De igual forma, aclara que la decisión entra en vigencia inmediata, y el goce de los derechos protegidos no requiere de desarrollo legal o reglamentario alguno. Se presenta Aclaración de voto, por parte de uno de los magistrados ponentes, el Dr. Araujo Rentaría, quien manifiesta que su ponencia original, fundamentaba la despenalización total del aborto, por encontrar otras situaciones que aplicaban con los mismos argumentos por el que fue despenalizado el aborto en los tres casos, que a su vez han llevado en la práctica, a la despenalización total del aborto en varios países. Por otro lado, se presenta aclaración de voto, por parte del Magistrado Manuel José Cepeda, en la que aporta aspectos centrales de la jurisprudencia y de la legislación comparadas, afirmando que el legislador puede avanzar en la determinación de otras causas siempre que se respeten estos mínimos y no se sobrepasan los linderos constitucionales consistentes en el respeto de la mujer como sujeto digno que no puede ser instrumentalizado para fines reproductivos así como en la no desvalorización de la vida que el Estado tiene el deber de proteger.
   
Análisis Aunque la meta es lograr la despenalización total del aborto, la Corte da un importante paso al despenalizar el aborto para casos específicos, lo cual garantiza un desarrollo en la protección del derecho a la salud sexual y reproductiva de las mujeres.
   
Sentencia Ampliar

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