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País Colombia
   
Escala
   
Corte Corte Constitucional
   
Fecha 28/05/2009
   
Caso Sentencia T-388/09. M.P: M.P: Humberto Antonio Sierra Porto.
   
Temas Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos
   
  Violencia Contra las Mujeres
   
Descriptores aborto, derechos sexuales, educación sexual.
   
Derechos CEDAW a la salud
   
Sumario
Mujer embarazada, a las 12 semanas de gestación, le informan que el feto presenta múltiples malformaciones en los huesos. La junta médica de Saludcoop, la EPS que la atendió, le recomendó la interrupción del embarazo en una clínica de Barranquilla, pero le exigieron una orden judicial para realizar la intervención quirúrgica. La Tutela en las menores instancias, también negó el derecho alegando objeción de conciencia. La Corte analiza la afectación a los derechos fundamentales tanto de la decisión administrativa como de las decisiones judiciales, reitera los parámetros de la objeción de conciencia, encontrando que esta no puede ser aducida por una autoridad judicial, para dar efectivo cumplimiento a los derechos debatidos, por lo que se enviaron copias de las decisiones de primera y segunda instancia, a la Fiscalía y al Consejo Superior de la Judicatura para que investiguen su proceder, ya que por más profundas y respetables que sean las creencias religiosas de las autoridades judiciales en su ámbito personal, no pueden abstenerse de tramitar y decidir un caso puesto a su consideración aduciendo motivos de conciencia, y tampoco pueden decidir con fundamento en sus propias convicciones morales, desconociendo la obligación en cabeza suya de decidir de conformidad con la normatividad vigente. Por otro lado, reforzó el mandato a las entidades prestadoras del servicio de salud, para que se abstengan de exigir a las mujeres que optan por interrumpir su embarazo previo permiso judicial, pues esto se convierte en una seria y grave afrenta contra los derechos constitucionales fundamentales de la mujer, que han de ser garantizados y plenamente protegidos. Finalmente ordeno que en el término de tres meses, los ministerios de Educación y de la Protección Social, diseñen un plan nacional de promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, que debe incluir la sentencia que despenalizó el aborto en las tres situaciones mencionadas, el cual debe ser presentado en todas las instituciones educativas, resaltando que incluso las niñas menores de 14 años tienen derecho a decidir en estos casos.
   
Análisis Importante sentencia que refuerza la protección a la salud sexual y reproductiva de las mujeres y el cumplimiento de la sentencia que despenalizo parcialmente el aborto, además insta al gobierno a que promueva una educación sexual integra que incluya la educación frente al aborto.
   
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