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País |
Bolivia |
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Escala |
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Corte |
Tribunal Constitucional |
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Fecha |
19/06/2007 |
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Caso |
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2007-R |
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Temas |
Propiedad y Patrimonio |
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Descriptores |
acceso y garantía de beneficios sociales |
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Derechos CEDAW |
a la no discriminación económico social |
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Sumario |
La recurrente manifiesta que luego de haber sido allanado su domicilio, fue detenida con mandamiento de apremio emitido por la autoridad recurrida dentro de proceso social, quien ordenó en ejecución de sentencia su detención por el pago de beneficios sociales en la suma de Bs. 80.000, sin embargo el proceso social no fue de su conocimiento , la citación se realizó mediante edictos ante un supuesto desconocimiento de domicilio , juramento falso , toda vez que en otro juzgado se conoce su domicilio real y procesal que sí fue de conocimiento a momento de ejecutar el mandamiento, por ello su detención ha vulnerado su derecho a la libertad , a la dignidad , a permanecer y transitar , a la defensa y a un debido proceso , previstos todos en la CPE , por lo que interpone recurso de habeas corpus , el tribunal declaró IMPROCEDENTE el recurso , señalando que la recurrente tuvo otros medios de defensa para impugnar respecto del falso juramento que dio lugar a las publicaciones de los edictos , así como para garantizar un debido proceso y su defensa, por lo que su detención no constituía causa inmediata a la vulneración de su libertad . En revisión la resolución ante el Tribunal Constitucional, éste REVOCA la misma y declara PROCEDENTE disponiendo la inmediata libertad de la recurrente, toda vez que en materia laboral procede el apremio corporal cuando previamente se demuestra la insolvencia del demandado, lo que garantiza un equilibrio entre los derechos del trabajador y del empleador, habiéndose incumplido tal exigencia en el caso, la detención se constituye en ilegal sumado a la violencia con la que fue ejecutado.
El abuso de autoridad es mucho más evidente cuando la víctima es mujer y corresponde a la tercera edad, situación que constantemente se repite y va asumiendo carácter de hecho normal. De las relaciones sociales y las jerarquías se generan desigualdades, en el caso analizado se advierte la diferencia en el tratamiento a la víctima que nace precisamente de su situación inferior ante la autoridad y su incapacidad de defensa .Los operadores de justicia, encargados de la legalidad, permiten con su conducta negligente afectar derechos fundamentales y postergar la restitución de otros.
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Sin Información |
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Sentencia |
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