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País |
Perú |
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Escala |
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Corte |
Tribunal Constitucional |
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Fecha |
02/07/2009 |
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Caso |
Exp. N 03190 -2008-PA/TC |
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Temas |
Trabajo Productivo y Reproductivo |
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Descriptores |
Maternidad |
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Derechos CEDAW |
a la no discriminación en el empleo |
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Sumario |
El Tribunal Constitucional (TC) no comparte el fallo de la sede ordinaria, toda vez que considera que no corresponde a la demandante acreditar que el despido fue realizado como consecuencia de su embarazo, trasladando de esta manera la carga de la prueba a la parte demandada.
El TC indica que aún si se asumiera -como parece asumir la Sala de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- que el despido se produjo meses antes, el despido resulta igualmente nulo toda vez que aún en ese caso el despido se ha producido durante el período de embarazo, indicando de manera clara la imposibilidad de ser discriminada en razón del ejercicio de la maternidad.
De acuedo a ello, se declara fundada la demanda interpuesta y se dispone la reposición de la demandante al puesto que venía ocupando y sólo de no resultar posible en uno de labor y remuneración equivalente.
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Patrocinante |
Sin Información |
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Sentencia |
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