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País |
Perú |
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Escala |
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Corte |
Tribunal Constitucional |
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Fecha |
24/06/2009 |
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Caso |
Exp. N 01152-2008-PA/TC |
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Temas |
Trabajo Productivo y Reproductivo |
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Descriptores |
pensión por orfandad |
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Derechos CEDAW |
a la no discriminación en el empleo |
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Sumario |
En el presente caso, la demandante solicita que se le reponga su pensión de orfandad como hija soltera mayor de edad, ya que la demandada (el Ministerio del Interior y la Dirección General de la Policía Nacional) indica que la pierde al haber procreado 3 hijos fuera del matrimonio. Argumento que el Tribunal Constitucional (TC)desvirtúa indicando que no se ha formado hogar fuera de matrimonio, por cuanto vive con sus hijos, los cuales nacieron antes de la dación de su pensión de orfandad y que no se ha acreditado la existencia de causal prevista en la ley para dicha pérdida, lo cual vulnera su derecho a la seguridad social consagrado en los artículos 10- y 11- de la Constitución.
Por ello declara fundada la demanda y ordena se le pague la pensión de orfandad que corresponde más devengados e intereses.
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Patrocinante |
Sin Información |
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Sentencia |
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