Sumario |
La empresa recurrente interpone demanda de amparo solicitando que se declare la nulidad de la resolución judicial que dispuso la reincorporación de doña Cecilia Helder Quispe Torres en su puesto de trabajo, así como se declare la suspensión del mandato judicial de reincorporación. El Tribunal Constitucional, mediante un razonamiento judicial acertado, rechaza la pretensión aludida considerando que las instancias judiciales que estimaron la demanda presentada contra la empresa ahora recurrente, han determinado con argumentos razonables y claros la situación jurídica de prelación establecida entre la trabajadora y la empresa, pues en el caso de autos, se despidió a una trabajadora en estado de gestación, "por lo que el despido representa un acto de discriminación inaceptable violatorio de su derecho constitucional a la no discriminación […]". Finalmente, el Tribunal Constitucional considera que la conducta de la empresa recurrente, configura un supuesto de temeridad procesal que debe ser sancionado pues tiene un claro propósito de desconocer la sentencia estimatoria que ordenaba la reposición de una trabajadora despedida irregularmente cuando se encontraba en estado de gestación. |