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País México
   
Escala
   
Corte Tribunal Superior de Justicia. Estado de Campeche
   
Fecha 10/11/2008
   
Caso Violación equiparada, atentados al pudor y encubrimiento
   
Temas Violencia Contra las Mujeres
   
  Familias
   
Descriptores Violación, abuso sexual, violencia familiar, libertad sexual, mujer inculpada
   
Derechos CEDAW a la no discriminación en relaciones familiares
   
  a una vida libre de violencia
   
Sumario Una mujer y su pareja son denunciados por los delitos de violación equiparada, atentados al pudor y encubrimiento en contra de dos de sus menores hijas. Una mujer se refugia en la CIAVI (Centro Integral de Atención a la Violencia Intrafamiliar) con sus 5 hijos por sufrir violencia por parte de su pareja. Días más tarde sale y al no volver, personal del Centro va a buscarla y encuentra que la mujer ha vuelto a vivir con su pareja. El personal del Centro intenta ayudarla y le pide que regrese por unos papeles alargando la estancia de la mujer y sus hijos para evitar que vuelvan con el hombre violento. En ese momento las hijas mayores hacen saber al personal del Centro que no quieren volver pues temen a su padre, quien abusa sexualmente de ellas. Al volver al Centro, la hija mayor, que en el momento de la denuncia cuenta con 13 años, relata a la psicóloga del CIAVI que su padre la había violado cuando tenía 8 años y desde entonces había abusado sexualmente de ella y de su hermana. La niña relata que contó a su madre de los abusos de su padre, pero ésta le dijo que era una mentirosa y no hizo nada para evitar que volviera a suceder.

Personal del CIAVI levanta una denuncia en contra del hombre por violación equiparada y atentados al pudor y a la madre por encubrimiento, dado que a pesar de que la hija le contó que su padre abusaba de ella, no le creyó y no hizo nada para evitarlo ni llevó a su hija al médico, ni denunció a su pareja y continuó mandando a sus hijas a dormir con él. Además de que volvió con él a pesar de la violencia física y psicológica que sufría tanto ella como sus hijos.

Además, los hijos de la inculpada relatan a personal del Centro que su padre les grita y golpea a ellos y a su madre, y la hija mayor relata que abusa de ella y su hermana.

Se denuncia a la madre por no haber protegido a sus hijas de los abusos sexuales, así como a todos sus hijos de la violencia física y psicológica que el padre ejercía en contra de ellos. Las denunciantes relatan que los hijos se encontraban desnutridos y descuidados. Las hijas declaran que “cuando su mamá está con su papá, no les da ni de comer y pone a la hija mayor a hacer la limpieza”.

La madre declara no haber tenido conocimiento de los abusos de su pareja y que lo relatado “son exageraciones”. El hombre declara que son las niñas las que se le meten en la cama y lo acarician, y que por esta razón él violó a una de ellas y a la otra la solamente la acarició.

El juez encuentra como responsables a la pareja e impone al hombre una pena de 28 años y 22 días de prisión y una multa de $3,712 pesos por los delitos de violación equiparada y atentados al pudor; y a la mujer una pena de 1 año 2 meses y 15 días de prisión y multa de $49.50 pesos por el delito de encubrimiento.

Se absuelve de la reparación del daño pues “no existe daño material cuantificable”, a pesar de que los dictámenes psicológicos determinan que ambas niñas presentan alteración de su estado emocional.

   
Análisis

A pesar de la absolución de la reparación del daño, la cual es un derecho de la víctima reconocido en la Constitución, la sentencia es adecuada en cuanto a que no solamente sanciona al hombre que abusó de las niñas, sino también a su madre quien no hizo nada para protegerlas a pesar de que le informaron de los abusos sexuales que sufrían por parte de su padre.

La mujer prefiere someterse a su pareja que proteger a sus menores hijos de la violencia física y psicológica, así como sexual, que sufren por parte de éste. A pesar de que no es materia del juicio, la mujer tiene en estado de abandono a sus hijos, según declara personal del Centro pues los hijos estaban desnutridos, tenían piojos y liendres. Se juzga a la mujer por encubrir el delito cometido por su pareja, pero también por descuidar la responsabilidad que tiene sobre sus hijos.

En muchas ocasiones, son las conductas de las madres para con sus hijas las que refuerzan la violencia contra las mujeres, en este caso la inculpada tolera la cometida en contra de sí misma y en contra de sus hijas. Ello robustece una objetivización de la mujer, ello ocasiona un daño moral a las niñas que afecta enormemente su desarrollo no sólo sexual, sino de identidad.

El juzgador asimismo se refiere a la conducta que el hombre como padre debía a sus hijos, y que al abusar de éstos traiciona.

La sentencia es congruente con los artículos 1, 2 y 5 de la CEDAW en cuanto a la erradicación de la violencia sexual sufrida por las niñas y a la responsabilidad dentro de la familia tanto de las mujeres como de los hombres. 

   
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