Los procesados Wilder Tello Vilca y Wagner Hitler Visalot Caro interpone recursos de nulidad contra la sentencia condenatoria del 13 de enero de 2012 por el delito Contra la Libertad Sexual – violación sexual de menor de edad - en agravio de la menor identificada con las iniciales M.M.Z.
Según la acusación fiscal, el veintisiete de mayo de dos mil siete, personal policial de la División de Investigación Criminal de la Región Amazonas, se constituyó al sector “Boca de Napo” en mérito a la información brindada por la persona de Samuel Torrejón Chuquipiondo. Este informó que una menor de edad yacía semidesnuda e inconsciente en la prolongación de la avenida Santo Domingo de esa ciudad. La menor fue encontrada en un cuadro de “intoxicación alcohólica” y había sido auxiliada por los vecinos del lugar. Estos aprehendieron a su agresor sexual, el menor de edad Carlos David Aquino Ocampo, quien en su declaración aseveró que había acudido a una fiesta en el local denominado “La Carpa de los Balcones”, ubicado en la calle Chincha Alta de Amazonas en compañía de Iván Balcázar Santillán y Wagner Hitler Visalot Caro. Este último había indicado que era primo de la agraviada y se la llevó.
En el camino se les acercaron Tello Vilca, Robin Santillán Inga y Alfonso Flores Revilla y les indicaron que llevaran a la menor agraviada hacia una pampa que existe por dicho lugar con el fin de violarla sexualmente. En efecto, Iván Balcázar empezó a violar sexualmente a la menor, pero tuvo que detenerse porque apareció una persona de sexo masculino con una linterna y comenzó a gritar auxilio.
La Corte Superior de Justicia analizó la correcta calificación jurídica de los hechos, tomando como referencia el Acuerdo Plenario 1-2012/CJ-116 del 16 de marzo de 2012 y el primer párrafo del artículo 172 del Código Penal que dispone la configuración del ilícito penal de violación sexual con la introducción de objetos o partes del cuerpo por la vía anal o vaginal cuando la persona se encuentra en capacidad de resistir. Bajo estas consideraciones, reformuló la calificación jurídica al delito contra la libertad sexual - violación sexual de persona en incapacidad de resistir - previsto en el primer párrafo del artículo 172 del Código Penal. También confirmó la pena de veinte años de edad impuesta a Wagner Hitler Visalot y redujeron la pena de Wilder Tello Vilca a veintidós años en atención a su edad.
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