 |
|
|
|
|
|
|
|
|
País |
Perú |
|
|
Escala |
 |
|
|
Corte |
Otros Tribunales |
|
|
Otros Tribunales |
Tribunal de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión |
|
|
Fecha |
07/11/2011 |
|
|
Caso |
Caso Movimiento Homosexual de Lima y Centro la Mujer Flora Tristán contra Grupo RPP |
|
|
Temas |
Identidad y Desarrollo de la Libre Personalidad |
|
|
Descriptores |
Homosexual - Gay - Lesbiana - Diversidad sexual |
|
|
Derechos CEDAW |
a una vida libre de violencia |
|
|
Sumario |
La denuncia se interpone ante las expresiones del periodista PhillipButters en el programa radial que conduce, en razón de que éstas incitaron a la violencia en contra dela población LGTB. Dichas declaraciones fueron vertidas reiteradamente: en los programas radiales de fecha 15, 16 y 25 de febrero de 2011. En la primera, el periodista concluyó que -patearía- a dos gays o lesbianas si se besan en la puerta del nido de su hija. En la segunda, nuevamente reiteró que -patearía- a una persona gay o lesbiana. Finalmente, el periodista lanzó una advertencia en contra de dos personajes públicos, a quienes amenazó con golpearlos.
La empresa radial denunciada, el Grupo RPP, en la contestación de la denuncia argumentó que los comentarios del periodista carecen de contenido homofóbico pues forman parte del lenguaje coloquial, por lo que no deben ser interpretadas como una verdadera amenaza. Alegó, también, que dichas expresiones no reflejan la posición de la radio y que, por el contrario, censurar la opinión de un conductor por el simple hecho de ser distinta vulneraría la libertad de expresión.
El Tribunal de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión decidió amonestar a la emisora Radio Capital 96.7, Grupo RPP, y dispuso, en calidad de mandato de difusión, que dicha emisora exprese las disculpas del caso por las expresiones del periodista PhillipButters, mediante un mensaje contra toda situación que implique un acto de violencia o intolerancia.
|
|
|
Análisis |
El Tribunal realiza una revisión integral y conexa de las expresiones vertidas por el periodista Phillip Butters con el fin de analizar la gravedad del mensaje. En esta línea, concluye que las declaraciones encierran un mensaje de agresividad y violencia en contra de una minoría sexual, lo cual constituye una violación del Código de Ética. En efecto, esta decisión acertadamente toma en consideración el rol que desempeñan los periodistas y los medios de comunicación en la sociedad, cuyo impacto potencial es considerablemente mayor que las expresiones realizadas en el espacio privado. Se destaca, también, que el periodista Butters no tuvo en consideración cómo sus declaraciones incitaron a la violencia física en contra de la población LGTB; vale decir, una instigación positiva a un acto ilegítimo.
De este modo, el Tribunal realiza un análisis oportuno sobre el papel que cumplen los periodistas en la sociedad y cómo éstos deben tener especial cuidado a fin de promover una cultura de tolerancia y paz. Cabe subrayar, por último, que este tipo de expresiones constituyen un manifiesto discurso de odio contra las personas lesbianas, gays y bisexuales, cuya gravedad es destacada por el Tribunal.
|
|
|
Patrocinante |
Sin Información |
|
|
Sentencia |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
 |