El presente caso reifere un hecho de despido forzoso de su fuente laboral a mujer embarazada misma que por ese motivo demandó a la entidad en la que trabajaba.
Del proceso, se tiene que el tribunal de primera instancia declara probada la demanda y por ende dispone la reincorporación inmediata de la trabajadora a su fuente laboral, además dispone que el empleador reconozca el subsidio prenatal, lactancias y maternidad, además de todos los salarios devengados hasta la fecha en que se reincorpore la trabajadora. Dicha sentencia fue apelada por el demandado y ratificada por el tribunal de segunda instancia, hecho que motiva al demandado a recurrir en segunda instancia, exponiendo como argumento de defensa el desconocimiento del estado de gestación de la trabajadora además de incorporar dentro de su defensa el hecho de que por la misma ecografía presentada por la demandante se evidencia que ni ella conocía de su estado de gravidez lo que evidencia como consecuencia lógica que el empleador desconocía del embarazo de la empleada, argumento que fundamenta la decisión emitida por el maximo tribunal que dispone Casar en parte el auto de vista y deliberando que no corresponde la cancelación de los sueldos devengados dispuesta por los juzgadores de tribunales inferiores asi como tampoco corresponde la reincorporación de la demandante en mérito al tiempo transcurrido, sin embargo declara probada en parte la demanda y mantiene la cancelación de los subsidios dispuestos en primera y segunda instancia.